Nueva autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles
En este artículo analizamos cómo funciona la nueva autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, los requisitos esenciales y las diferencias con el régimen comunitario y el arraigo familiar
23 de septiembre de 2025

📝- Index
La reforma introducida por el Real Decreto 1155/2024 ha supuesto un cambio de gran calado en materia de extranjería. Hasta ahora, los familiares de ciudadanos españoles que no encajaban en el régimen comunitario tenían que recurrir a vías complejas como el arraigo familiar. Con esta nueva figura, se simplifica el acceso a la residencia para garantizar la unidad familiar y ofrecer mayor seguridad jurídica.
En este artículo te contamos las claves del nuevo régimen y sus implicaciones prácticas.
¿Qué es la nueva autorización de residencia para familiares de españoles?
Se trata de un permiso de residencia temporal, de hasta 5 años, que permite vivir y trabajar en España a los familiares de ciudadanos españoles en determinadas circunstancias.
Su base legal se encuentra en el Real Decreto 1155/2024 (artículos 94 a 99), que establece este nuevo régimen con carácter autónomo, distinto al comunitario (RD 240/2007).
¿Quiénes pueden solicitarla?
Pueden acceder los familiares del ciudadano español, con mención expresa a:
- Cónyuge o pareja (registrada o no, si se acredita relación estable).
- Hijos menores de 26 años o mayores a cargo por discapacidad.
- Ascendientes a cargo o por razones humanitarias.
- Padres o tutores de menores españoles.
- Familia extensa en ciertos casos específicos.
Características principales
Las características esenciales de la nueva autorización son:
- Duración inicial: 5 años (o el periodo de residencia previsto si fuese inferior).
- Derecho a trabajar: habilita para trabajar por cuenta ajena o propia en todo el territorio, sin trámites adicionales una vez presentada la solicitud.
- Exención de la situación nacional de empleo: se elimina esa traba administrativa.
- Posibilidad de reagrupación: el titular puede ejercer el derecho de reagrupación familiar conforme a los artículos 68 y 69 del Reglamento.
Requisitos y documentación
Los requisitos formales más relevantes son:
- Documentación del ciudadano español: DNI/pasaporte y, en su caso, declaración responsable sobre no convivencia con otro cónyuge/pareja.
- Documentación del solicitante: pasaporte válido, acreditación del vínculo familiar (actas, certificados), prueba de convivencia efectiva y, cuando proceda, dependencia económica.
- Requisitos de idoneidad: ausencia de antecedentes penales en los supuestos que establece el artículo y certificado médico conforme a las exigencias sanitarias internacionales aplicables.
Observación práctica: para parejas de hecho no registradas, es importante aportar pruebas robustas de convivencia estable (empadronamientos conjuntos, contratos, facturas compartidas, etc.).
Condiciones, limitaciones y causas de denegación
La autorización puede denegarse por razones de orden público, seguridad o salud pública; la existencia de antecedentes penales no implica denegación automática salvo para determinados supuestos previstos en el art. 94. Asimismo, el permiso puede extinguirse por la ruptura de la convivencia o por el nuevo matrimonio o relación estable con otra persona.
Además, quienes ya dispongan de una autorización de arraigo familiar o una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE vinculada a un español podrán conservar su situación sin necesidad de solicitar la nueva autorización de forma inmediata.
Recomendaciones prácticas
- Documentación acreditativa (según el caso): empadronamientos, contratos de arrendamiento, extractos bancarios, comunicaciones oficiales u otras pruebas que permitan demostrar la convivencia y el vínculo.
- Atención a los plazos y renovaciones: revisar el régimen transitorio para no perder derechos y preparar la documentación con antelación para las renovaciones.
- Revisión de normativa vigente: las condiciones pueden variar (por reformas legales, instrucciones o Criterios de extranjería), por lo que conviene revisar la última normativa o consultar con un profesional
Cómo podemos ayudarte
El RD 1155/2024 marca un antes y un después en la protección del derecho a la vida familiar en España. Gracias a esta nueva autorización, miles de familias podrán regularizar su situación de forma más ágil, clara y segura, evitando la inseguridad jurídica que hasta ahora generaban vías como el arraigo familiar.
En Adlanter contamos con un equipo especializado en asesoramiento integral en movilidad y reforma migratoria que puede ayudarte a analizar tu caso, preparar la documentación y tramitar la solicitud sin errores ni retrasos.

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