¿Eres autónomo o estás lanzando una startup y te planteas crear una sociedad? La sociedad de responsabilidad limitada (SL) es la forma jurídica más elegida en España por emprendedores que buscan proteger su patrimonio personal, operar con mayor credibilidad y escalar su negocio.
En este artículo te explicamos qué es una SL, sus ventajas, requisitos legales y cómo constituirla de forma ágil y segura. Además, te mostramos cómo desde Adlanter ayudamos a que el proceso sea rápido, claro y sin complicaciones.

¿Qué es una sociedad de responsabilidad limitada?

Una sociedad limitada (SL), también conocida como sociedad de responsabilidad limitada (SRL), es una forma jurídica que permite a uno o varios socios emprender una actividad económica con responsabilidad limitada al capital aportado.

 

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Características principales

  • Responsabilidad limitada: los socios no responden con su patrimonio personal.
  • Capital mínimo: 3.000 euros.
  • Número de socios: mínimo uno, máximo ilimitado.
  • Gestión flexible: puede ser administrada por uno o varios socios.
  • Tributación: Está sujeta al Impuesto de Sociedades.

¿En qué se diferencia de otras formas jurídicas?

  • Autónomo: responsabilidad ilimitada y menos protección legal.
  • Sociedad anónima (SA): más compleja, pensada para grandes empresas.
  • Cooperativa: modelo colaborativo, menos habitual en emprendimiento individual.

Ventajas de constituir una sociedad limitada

Protección patrimonial

Los socios no responden con sus bienes personales ante deudas de la empresa. Esto aporta seguridad jurídica.

Imagen profesional

Una SL transmite mayor seriedad frente a clientes, proveedores e inversores.

Fiscalidad competitiva

Tributa por el Impuesto de Sociedades, con tipos más bajos que el IRPF en ciertos tramos.

Flexibilidad en la gestión

Puedes adaptar los estatutos a tu modelo de negocio y definir roles claros entre socios.

Escalabilidad

Permite incorporar nuevos socios, captar inversión y crecer sin cambiar de forma jurídica.

Ejemplo: Una startup tecnológica que comienza como SL puede atraer inversión privada sin necesidad de transformarse en SA.

Requisitos para crear una sociedad limitada en España

Antes de constituir tu SL, debes cumplir con ciertos requisitos legales:

  • Capital social mínimo: 3.000 euros, que puede aportarse en metálico o en especie.
  • Socios: mínimo uno (puede ser persona física o jurídica).
  • Denominación social: debe ser única y no coincidir con otra registrada.
  • Estatutos sociales: documento que regula el funcionamiento interno.
  • Domicilio social: dirección fiscal de la empresa.

Limitaciones de las sociedades de responsabilidad limitada

Aunque las SL ofrecen numerosas ventajas, también cuentan con ciertas particularidades y obligaciones a tener en cuenta:

  • Obligaciones contables y fiscales: Deben llevar una contabilidad ordenada y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes, como la presentación del Impuesto sobre Sociedades y el IVA.
  • Imposibilidad de cotizar en bolsa: A diferencia de las sociedades anónimas, las SL no pueden cotizar en mercados de valores.
  • Transmisión de participaciones restringida: La venta o transmisión de participaciones a terceros suele requerir el consentimiento de los demás socios, lo que dificulta la entrada y salida de capital.
  • Publicidad de los socios: La identidad de los socios fundadores y, en muchos casos, de los posteriores, es pública al constar en el Registro Mercantil.
  • Formalidades de constitución: Su creación requiere trámites formales (escritura pública, inscripción registral) que implican ciertos costes y plazos.

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Capital social mínimo para constituir un SL | Novedades

Con la entrada en vigor de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre (conocida como “Ley Crea y Crece”), el capital social mínimo para constituir una sociedad de responsabilidad limitada se ha reducido de 3.000 euros a un euro.

Esta medida, efectiva desde el 19 de octubre de 2022, busca facilitar la creación de empresas eliminando una barrera de entrada significativa, según lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 4 de la Ley de Sociedades de Capital.

Régimen especial para SL con capital inferior a 3.000 euros

Aunque es posible constituir una SL con un capital de tan solo un euro, la ley establece un régimen de protección para terceros mientras el capital social no alcance la cifra de 3.000 euros. Durante ese tiempo, se aplicarán las siguientes reglas:

  1. Reserva legal obligatoria: Deberá destinarse a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio, hasta que dicha reserva, sumada al capital social, alcance el importe de 3.000 euros.
  2. Responsabilidad solidaria en caso de liquidación: Si la sociedad se liquida (de forma voluntaria o forzosa) y su patrimonio no es suficiente para pagar las deudas, los socios responderán solidariamente con su patrimonio personal de la diferencia entre la cifra de capital suscrito y los 3.000 euros.

Sociedad Limitada

Pasos para constituir una sociedad limitada

Constituir una SL es un proceso legal que requiere varios trámites. En Adlanter lo gestionamos de forma integral, pero aquí te explicamos los pasos clave:

  1. Certificado de Denominación Social: Solicitar en el Registro Mercantil Central un certificado que acredite que el nombre elegido para la sociedad no coincide con el de ninguna otra ya existente.
  2. Apertura de cuenta bancaria y aportación de capital: Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad “en constitución” y depositar en ella el capital social inicial (mínimo 1 euro). La entidad bancaria emitirá un certificado que deberá presentarse ante notario.
  3. Redacción de los Estatutos Sociales: Es el documento que contiene las normas de funcionamiento interno de la sociedad. Según el artículo 23 de la Ley de Sociedades de Capital, debe incluir como mínimo:
    • La denominación de la sociedad.
    • El objeto social (las actividades que realizará).
    • El domicilio social.
    • El capital social, las participaciones en que se divida, su valor nominal y su numeración.
    • El modo de organizar la administración.
  4. Firma de la Escritura Pública de Constitución: Todos los socios fundadores deben comparecer ante notario para firmar la escritura de constitución, a la que se incorporarán los estatutos y el certificado bancario de la aportación de capital.
  5. Obtención del NIF provisional: Se solicita a la Agencia Tributaria el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional, necesario para empezar a facturar y operar.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil: La escritura debe inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia donde la sociedad tenga su domicilio. Con la inscripción, la sociedad adquiere plena personalidad jurídica.
  7. Obtención del NIF definitivo: Una vez inscrita la sociedad, se comunica al Registro a la Agencia Tributaria para obtener el NIF definitivo.

Alternativa: Existe la posibilidad de realizar la constitución telemática a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el sistema CIRCE, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE), lo que agiliza considerablemente los plazos.

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¿Es la sociedad limitada la mejor opción?

La Sociedad Limitada es una excelente opción para aquellos emprendedores y autónomos que buscan limitar su responsabilidad y proteger su patrimonio personal.

Este tipo de sociedad es ideal para proyectos con varios socios, donde la estructura flexible y la protección de los bienes personales son prioritarios. Sin embargo, la SL también conlleva ciertas obligaciones y costes de mantenimiento que deben ser considerados, especialmente si se compara con el régimen de autónomos.

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✅ ¿Vas a constituir una SL y necesitas asesoramiento y gestión?

En Adlanter acompañamos a emprendedores, pymes y startups en todo el proceso de constitución de sociedades. Nuestro enfoque combina asesoramiento legal, fiscal y mercantil para que tu empresa nazca con bases sólidas.

  • Llevamos a cabo un estudio y asesoramiento previo sobre la forma jurídica más adecuada para la creación del negocio (en el caso de que la SL no fuera la mejor para tu situación).
  • Confección y desarrollo de los estatutos de la entidad
  • Constitución ante notario de la sociedad e inscripción en el Registro Mercantil
  • Gestión y realización de todos los trámites necesarios en la creación de una empresa ante las administraciones estatales, autonómicas y locales.
  • También gestionamos y realizamos todos los trámites necesarios para la obtención de subvenciones.

¿Necesitas un servicio íntegro? Consulta nuestro servicio experto en sociedades mercantiles y cuéntanos tu caso: Constituye tu sociedad en España con confianza y facilidad

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