Hablar de testamentos no suele ser una prioridad para muchas personas. Sin embargo, planificar la sucesión es una decisión que puede facilitar mucho las cosas a los familiares en el futuro.

Cuando una persona fallece sin testamento, no es que su patrimonio quede “sin dueño”, pero sí ocurre algo importante: deja de aplicarse su voluntad y pasa a aplicarse directamente lo que establece la ley.

En estos casos se abre lo que jurídicamente se denomina sucesión intestada o sucesión sin testamento, regulada en el Código Civil. Este escenario puede implicar más trámites, más tiempo y, en algunos casos, situaciones que el propio fallecido probablemente no habría deseado.

 

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¿Quién hereda cuando no hay testamento?

La principal consecuencia de no otorgar testamento es que el fallecido pierde la posibilidad de decidir quién recibe sus bienes y en qué proporción.

En ausencia de testamento, la ley establece un orden de llamamiento de los herederos. El Código Civil determina quién hereda siguiendo este orden:

  1. Los descendientes: los hijos heredan por partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, sus propios descendientes (los nietos) ocupan su lugar.
  2. Los ascendientes: si no existen hijos ni descendientes, la herencia pasa a los padres o ascendientes del fallecido.
  3. El cónyuge viudo: el cónyuge tiene derechos hereditarios, pero su posición depende de con quién concurra en la herencia.
  4. Hermanos y sobrinos.
  5. Otros parientes colaterales hasta el cuarto grado: como primos o tíos.
  6. El Estado: si no existe ningún familiar con derecho a heredar.

Este sistema garantiza que siempre haya un heredero, pero no necesariamente coincide con lo que el fallecido habría querido.

¿Por qué es necesaria la declaración de herederos?

Cuando existe testamento, el notario puede identificar directamente a los herederos designados por el fallecido. Sin embargo, cuando no hay testamento, es necesario realizar previamente un trámite adicional: la declaración de herederos abintestato.

Este procedimiento notarial sirve para determinar quiénes son los herederos legales. Para ello es necesario aportar documentación como:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades (que acredita que no existe testamento).
  • Certificados de nacimiento o matrimonio que acrediten el parentesco.

En algunos casos también puede ser necesario recurrir a testigos que confirmen la relación familiar. Todo ello implica:

  • Más trámites administrativos.
  • Más tiempo para poder repartir la herencia.
  • Costes adicionales.

Problemas que pueden surgir en una herencia sin testamento

Otro de los inconvenientes de no hacer testamento es que la ley aplica un reparto estándar, sin tener en cuenta circunstancias personales o familiares. Por ejemplo:

  • Es habitual pensar que el cónyuge hereda todo, pero si hay hijos, el cónyuge solo tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia.
  • No es posible dejar bienes a personas sin vínculo familiar, como amigos o cuidadores.
  • Tampoco se puede favorecer a un hijo con necesidades especiales o que haya cuidado del testador durante años.

El testamento permite ajustar el reparto dentro de los límites legales, algo que la sucesión intestada no contempla.

¿Qué permite hacer un testamento que no permite la sucesión intestada?

Además de repartir bienes, el testamento sirve para tomar decisiones relevantes que solo pueden establecerse mediante este documento. Por ejemplo:

  • Nombrar tutor para hijos menores de edad.
  • Designar un administrador de los bienes que hereden los menores.
  • Establecer condiciones o instrucciones sobre determinados bienes.

Sin testamento, estas decisiones deberán resolverse por otras vías legales, lo que puede generar mayor complejidad para la familia.

A pesar de las ventajas que ofrece, muchas personas siguen posponiendo la decisión de hacer testamento. Sin embargo, otorgar testamento ante notario es un trámite: sencillo, rápido y económico

Planificar la sucesión con asesoramiento profesional

La planificación de una herencia no siempre es sencilla. Las circunstancias familiares, el patrimonio o la existencia de empresas familiares pueden hacer recomendable analizar cada caso de forma específica.

Contar con un equipo especializado mercantil permite organizar la sucesión con mayor seguridad jurídica, anticipar posibles conflictos y facilitar el proceso a los herederos.

En Adlanter contamos con especialistas en planificación sucesoria y gestión de herencias en la Comunidad de Madrid que pueden ayudarte a analizar tu situación y definir la mejor solución para proteger tu patrimonio y a tus seres queridos.

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