Cómo aplazar o fraccionar tus deudas con Hacienda de forma segura
En este post analizamos todo lo que necesitas saber para retrasar o fraccionar tus pagos tributarios sin problemas con la Agencia Tributaria.
23 de enero de 2026

📝- Index
- ¿Qué es el aplazamiento y fraccionamiento de deudas?
- ¿Qué deudas se pueden aplazar o fraccionar?
- Requisitos para solicitar aplazamiento o fraccionamiento
- Garantías y límites del aplazamiento
- Tipos de interés aplicables
- Plazos máximos de aplazamiento según garantías
- Efectos y resolución
- Ventajas y desventajas de aplazar o fraccionar la deuda
- ¿Necesitas más tiempo para pagar tus impuestos?
En ocasiones, empresas y autónomos se enfrentan a obligaciones fiscales que superan su liquidez inmediata. El pago de impuestos como el IVA, el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades o la Plusvalía Municipal puede coincidir en fechas críticas para la tesorería.
En estos casos, el aplazamiento o fraccionamiento de deudas con Hacienda es una herramienta legal que permite cumplir con tus obligaciones fiscales en plazos más largos y sin recurrir a financiación externa. Sin embargo, no todas las deudas se pueden aplazar y existen requisitos específicos que deben cumplirse.
¿Qué es el aplazamiento y fraccionamiento de deudas?
El aplazamiento permite retrasar el pago total de una deuda tributaria, mientras que el fraccionamiento permite pagar la deuda en varios plazos. Ambos mecanismos tienen como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales cuando el contribuyente atraviesa dificultades económicas transitorias.
Estas medidas no detienen el devengo de intereses de demora, pero pueden evitar recargos o la apertura de un procedimiento ejecutivo, siempre que se cumplan los requisitos legales.
¿Qué deudas se pueden aplazar o fraccionar?
Según la Ley General Tributaria y la práctica de la Agencia Tributaria, se pueden aplazar:
- Deudas derivadas de autoliquidaciones, como IVA, IRPF, Impuesto sobre Sociedades, ITP, Plusvalía Municipal, etc.
- Deudas liquidadas por la Administración, como actas de inspección o liquidaciones provisionales.
Excepciones: No se pueden aplazar ciertas deudas, entre ellas:
- Retenciones e ingresos a cuenta (IRPF, IS, IRNR).
- Créditos contra la masa en procedimientos concursales.
- Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (modelos 202 y 222).
- Deudas derivadas de ayudas de Estado o resoluciones firmes desestimatorias.
- Tributos repercutidos legalmente (como el IVA) salvo justificación de impago.
En caso de pequeñas cantidades (menos de 50.000 €), Hacienda suele permitir el aplazamiento sin justificar la falta de liquidez.
Requisitos para solicitar aplazamiento o fraccionamiento
Para que la solicitud sea válida, deben cumplirse los siguientes puntos:
- Existencia de dificultades transitorias: la empresa o contribuyente debe demostrar que no puede pagar la deuda en el plazo original, pero que podrá hacerlo en un futuro cercano.
- Solicitud formal: debe presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o mediante representante autorizado, indicando:
- Identificación del deudor y de la deuda.
- Motivos del aplazamiento.
- Propuesta de pago: número de plazos, vencimientos e importes.
- Garantías ofrecidas o solicitud de dispensa.
- Documentación justificativa de la situación financiera.
Garantías y límites del aplazamiento
Para deudas superiores a ciertos importes, Hacienda exige garantías:
- Preferentes: aval bancario, certificado de seguro de caución o sociedad de garantía recíproca.
- Alternativas: hipoteca, prenda o fianza solidaria si no es posible aportar la garantía preferente.
Exención de garantías: Para deudas inferiores a 30.000 €, se puede solicitar aplazamiento sin necesidad de aportar aval. Además, si no existen bienes suficientes que permitan garantizar la deuda, se puede solicitar dispensa justificando que embargar afectaría gravemente la actividad económica.
Tipos de interés aplicables
Como no se han aprobado aún los presupuestos de 2026, se sigue aplicando el interés legal de demora de 2023.
- Aplazamiento sin garantía: tipo de interés legal de demora (4,0625% en 2023).
- Aplazamiento con aval o seguro de caución: tipo de interés reducido (3,25% en 2023).
El interés se aplica sobre la deuda aplazada desde el día siguiente al vencimiento del plazo original hasta la fecha final de pago, calculándose proporcionalmente en cada fracción si se trata de fraccionamiento.
Plazos máximos de aplazamiento según garantías
- 60 meses: si se aporta aval o seguro de caución.
- 36 meses: si se garantiza con bienes inmuebles libres de cargas.
- 24 meses: otras garantías o personas físicas.
- 12 meses: en casos de dispensa total o parcial de garantías.
Para deudas inferiores a 50.000 €, el procedimiento se puede tramitar de forma casi automática, agilizando la concesión del aplazamiento.
Efectos y resolución
- Periodo voluntario: la solicitud impide iniciar el periodo ejecutivo pero no detiene los intereses de demora.
- Periodo ejecutivo: Hacienda suspende la enajenación de bienes hasta resolver la solicitud.
La Administración tiene seis meses para resolver la solicitud. La jurisprudencia confirma que, si se cumplen todos los requisitos, el aplazamiento no puede denegarse arbitrariamente. La denegación suele ocurrir cuando la dificultad es estructural, es decir, de carácter permanente, o en casos de sociedades en disolución o liquidación.
Ventajas y desventajas de aplazar o fraccionar la deuda
Ventajas
- Intereses más bajos que los de entidades financieras.
- Mejora de la liquidez de la empresa.
- Proceso simplificado y mayor flexibilidad en plazos.
- Evita recargos e intereses adicionales por impago inmediato.
Desventajas
- Límite de importe sin aval (30.000 € o 50.000 €, según normativa).
- Riesgo de denegación si Hacienda considera que la situación no justifica aplazamiento.
- Devengo de intereses de demora durante todo el periodo de aplazamiento.
¿Necesitas más tiempo para pagar tus impuestos?
El aplazamiento y fraccionamiento de deudas con Hacienda es una herramienta valiosa para empresas y autónomos con dificultades transitorias de tesorería. Nuestro equipo de expertos fiscales puede ayudarte a solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de tus deudas, asesorarte sobre garantías y plazos, y asegurarse de que cumples todos los requisitos legales.

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