📝- Index
- ¿Quién debe darse de alta en la Seguridad Social?
- Datos y documentación necesaria (Modelo TA.0521) para darse de alta
- Plazos para darse de alta como autónomo en la Seguridad Social
- Cuota y cotización de los autónomos en España
- Bonificaciones para nuevos autónomos: la tarifa plana
- ¿Necesitas ayudar para darte de alta como autónomo?
¿Te vas a dar de alta como autónomo en la Seguridad Social por primera vez? Como asesores expertos te explicamos todo lo que debes saber
Iniciar una actividad por cuenta propia requiere cumplir con una serie de trámites administrativos esenciales. Aunque el proceso puede parecer más sencillo que constituir una sociedad, el alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) de la Seguridad Social es un paso fundamental que implica conocer bien las obligaciones y derechos que se adquieren.
A continuación, desglosamos los aspectos clave de este procedimiento.
Quiero darme de alta como autónomo
¿Quién debe darse de alta en la Seguridad Social?
Toda aquella persona mayor de edad que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo.
Esta obligación es independiente de la nacionalidad (siempre que se tenga permiso de trabajo) y del volumen de ingresos generados.
Tal y como explicamos en este post más general (Cómo darse de alta como autónomo), antes de acudir a la Seguridad Social, hay que darse de alta en hacienda mediante la declaración censal (haz clic aquí para más información detallada).
¿Qué significa “habitual”?
La normativa no define un umbral de ingresos para determinar la “habitualidad” de la actividad económica. Sin embargo, la jurisprudencia ha establecido como principal indicador que los rendimientos netos de la actividad superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.
Datos y documentación necesaria (Modelo TA.0521) para darse de alta
Al realizar el trámite de alta, deberás aportar la siguiente información, que se corresponde con el modelo TA.0521:
- Datos personales: Nombre, apellidos, DNI/NIE y domicilio.
- Datos de la actividad: Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), Código Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y fecha de inicio y domicilio de la actividad.
- Previsión de rendimientos: Una declaración de los rendimientos económicos netos que prevés obtener durante el año natural, conforme al artículo 30 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas.
- Elección de base de cotización: Deberás seleccionar una base de cotización provisional acorde a tu previsión de ingresos.
- Mutua colaboradora: Elección de la entidad que gestionará las contingencias profesionales y la incapacidad temporal.
- Datos bancarios: Una cuenta para la domiciliación de las cuotas mensuales.
Plazos para darse de alta como autónomo en la Seguridad Social
Es importante que sepas que tienes que solicitar el alta antes de iniciar tu actividad.
En cualquier caso, puedes tramitarla con una antelación máxima de 60 días.
En caso de que ya hayas empezar a trabajar por cuenta propia, también deberás comunicar tu alta, pero se considerará realizada fuera de plazo a todos los efectos.
El trámite para darse de alta se puede hacer de varias maneras:
- Sede electrónica: a través del portal online de la Seguridad Social, usando certificado digital o sistema Cl@ve PIN.
- De forma presencial: puedes acudir a una oficina de la Seguridad Social con cita previa y presentar el formulario TA.0521 en formato impreso.
- Por medio de un gestor o asesor autorizado: un asesor o gestoría puede ayudarte a realizar este trámite, especialmente si tienes dudas sobre el proceso.
Ten en cuenta que previamente deberás haberte dado de alta con el Impuesto de Actividades Económicas en Hacienda (el día de inicio de actividad deberá coincidir en ambas administraciones).
A la hora de indicar la fecha de inicio de actividad en el trámite en la Seguridad Social, existe la posibilidad de cotizar por el mes completo en caso de que quieras mejorar tus prestaciones. Justo después de este punto, es imprescindible señalar la actividad profesional o el código CNAE.
Cuota y cotización de los autónomos en España
Desde 2023, la cotización de los autónomos se basa en sus rendimientos netos anuales. El sistema funciona de la siguiente manera:
El nuevo sistema de cotización por ingresos reales
Desde 2023, la cotización de los autónomos se basa en sus rendimientos netos anuales. El sistema funciona de la siguiente manera:
- Cotización provisional: Al darte de alta y durante el año, cotizas por una base provisional que eliges en función de tu previsión de ingresos, dentro de uno de los 15 tramos establecidos.
- Ajuste de la base: Puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año para ajustarla a la evolución de tus ingresos. Las fechas de efectividad para estos cambios son: 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente.
- Regularización anual: Al año siguiente, la TGSS cruzará tus rendimientos netos (comunicados por la Administración Tributaria) con las cotizaciones provisionales que realizaste. Según el Artículo quinto del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social:
- Si cotizaste por una base inferior a la que te correspondía, deberás abonar la diferencia.
- Si cotizaste por una base superior, la Seguridad Social te devolverá de oficio el exceso.
¿Qué prestaciones cubre el RETA?
Estar de alta y al corriente de pago en el RETA da derecho a la acción protectora del sistema, que incluye, entre otras, las siguientes prestaciones (cumpliendo los requisitos específicos para cada una):
- Asistencia sanitaria.
- Incapacidad temporal (baja médica) por enfermedad común o accidente no laboral.
- Incapacidad temporal por enfermedad profesional o accidente de trabajo.
- Prestaciones por nacimiento y cuidado del menor.
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia.
- Incapacidad permanente.
- Prestaciones por muerte y supervivencia (viudedad, orfandad).
- Cese de actividad (el “paro de los autónomos”).
- Jubilación.
Bonificaciones para nuevos autónomos: la tarifa plana
Para fomentar el emprendimiento, los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana. Según el artículo 38 ter de la Ley del Estatuto del trabajo autónomo, esta medida consiste en:
- Primeros 12 meses: Una cuota reducida de 80 euros mensuales.
- Siguientes 12 meses: Se puede mantener la cuota de 80 euros siempre que los rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al SMI. Si se supera dicho umbral, la cuota se ajustará al tramo de ingresos correspondiente.
Además, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 establece una cuota reducida de 80 euros mensuales durante los 36 primeros meses para nuevos autónomos que residan y desarrollen su actividad en las provincias de Cuenca, Soria o Teruel.
¿Necesitas ayudar para darte de alta como autónomo?
Aunque los trámites se pueden hacer por cuenta propia, contratar a un gestor o asesor especializado en autónomos te puede ahorrar mucho tiempo y posibles errores. Ellos se encargarán de presentar tus impuestos, gestionar los trámites mercantiles y avisarte de bonificaciones o ayudas disponibles.

¿Tienes alguna duda?
Si te ha surgido alguna pregunta tras leer “Cómo darse de alta como autónomo en la Seguridad Social”, estamos aquí para ayudarte.
Hablemos. Te orientamos con claridad y paso a paso.

