Modelo 369 en Bizkaia: plazos, novedades y obligaciones fiscales
Todo lo que debes saber sobre el Modelo 369 en Bizkaia, el nuevo plazo de presentación y cómo afecta a empresas acogidas a OSS e IOSS.
1 de abril de 2026

📝- Index
- ¿Qué es el Modelo 369 en Bizkaia?
- Qué ha cambiado en el Modelo 369 desde abril de 2026
- Nuevo plazo de presentación del Modelo 369
- ¿Por qué Bizkaia ha modificado el plazo?
- ¿A quién afecta este cambio?
- Cómo puede beneficiar a las empresas vizcaínas
- Qué deberían hacer las empresas a partir de ahora
- Relación entre el Modelo 369 y el régimen OSS
- Cómo puede ayudarte Adlanter
Las empresas y profesionales que operan con ventas a distancia, comercio electrónico o determinados servicios digitales dentro de la Unión Europea deben prestar especial atención al Modelo 369 si tributan ante la Hacienda Foral de Bizkaia.
Desde abril de 2026, la normativa foral ha introducido un cambio relevante: el plazo de presentación se amplía a un mes natural completo tras finalizar el periodo declarado, alineándose con el marco europeo vigente.
Este cambio busca simplificar la gestión fiscal de las empresas y facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los regímenes especiales de ventanilla única (OSS e IOSS).
En este artículo explicamos qué es el Modelo 369 en Bizkaia, quién debe presentarlo, cuáles son los nuevos plazos y cómo puede afectar a tu organización.
¿Qué es el Modelo 369 en Bizkaia?
El Modelo 369 es la declaración utilizada para liquidar el IVA correspondiente a determinadas operaciones acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única.
Las empresas que realizan determinadas ventas a consumidores finales de otros países de la Unión Europea pueden utilizar este sistema para centralizar sus obligaciones fiscales en lugar de registrarse individualmente en cada Estado miembro.
Si tu objetivo es entender cómo funciona el régimen OSS, los supuestos de aplicación o la relación entre ecommerce y ventanilla única, te recomendamos consultar también nuestra guía sobre Modelo 369 e IVA en comercio electrónico, donde desarrollamos en profundidad el funcionamiento general del sistema.
Este artículo se centra específicamente en la aplicación del Modelo 369 para contribuyentes sometidos a la normativa de Bizkaia.
Qué ha cambiado en el Modelo 369 desde abril de 2026
La principal novedad introducida por la Diputación Foral de Bizkaia es la ampliación del plazo de presentación del Modelo 369. Hasta marzo de 2026, el plazo disponible era de 25 días naturales tras la finalización del periodo declarado.
Desde abril de 2026, el plazo pasa a ser el mes natural completo siguiente al periodo de liquidación. Este cambio se aplica a las autoliquidaciones cuyo plazo se inicie a partir del 1 de abril de 2026.
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Nuevo plazo de presentación del Modelo 369
La modificación permite a empresas y asesores disponer de más tiempo para revisar operaciones y presentar correctamente la declaración.
Ejemplo práctico
Si una empresa debe declarar operaciones correspondientes al primer trimestre de 2026:
| Situación | Fecha límite |
|---|---|
| Régimen anterior | 25 de abril de 2026 |
| Nuevo régimen | 30 de abril de 2026 |
Este margen adicional puede resultar especialmente útil para empresas con operaciones internacionales complejas o con elevados volúmenes de ventas online.
¿Por qué Bizkaia ha modificado el plazo?
Según la información publicada por la Diputación Foral, la modificación responde a varios objetivos:
- Armonizar la normativa con el entorno europeo.
- Simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Eliminar limitaciones técnicas que justificaban el plazo anterior.
- Facilitar la gestión de las declaraciones incluidas en los regímenes especiales de IVA.
Para las empresas, la consecuencia práctica es una mayor flexibilidad en los procesos de cierre fiscal y contable.
¿A quién afecta este cambio?
La modificación afecta principalmente a contribuyentes que operan mediante alguno de los regímenes especiales de ventanilla única. Entre ellos:
Empresas de comercio electrónico
Empresas que realizan ventas a distancia a consumidores finales situados en otros Estados miembros de la Unión Europea.
Prestadores de servicios digitales
Negocios que comercializan software, plataformas digitales, suscripciones online u otros servicios electrónicos dirigidos a consumidores de distintos países europeos.
Operadores acogidos a OSS e IOSS
Contribuyentes que utilizan los regímenes especiales para centralizar la gestión del IVA de operaciones internacionales.
Empresas con entregas interiores incluidas en regímenes especiales
Determinadas operaciones nacionales también pueden quedar comprendidas dentro de los regímenes especiales previstos por la normativa.
Cómo puede beneficiar a las empresas vizcaínas
La ampliación del plazo no modifica las obligaciones materiales del contribuyente, pero sí mejora la gestión operativa. Entre las principales ventajas encontramos:
Más tiempo para revisar la información
Las empresas pueden validar con mayor detalle:
- Bases imponibles.
- Tipos de IVA aplicados.
- Países de consumo.
- Rectificaciones pendientes.
Mejor coordinación entre departamentos
Los equipos financieros, fiscales y contables disponen de más margen para cerrar información antes de la presentación.
Reducción de incidencias
Una mayor disponibilidad de tiempo suele traducirse en menos errores y menor necesidad de correcciones posteriores.
Qué deberían hacer las empresas a partir de ahora
La propia actualización normativa hace recomendable revisar determinados procedimientos internos.
- Actualizar calendarios fiscales: Los responsables financieros deben incorporar las nuevas fechas a sus sistemas de control de obligaciones tributarias.
- Revisar procesos automatizados: Muchas organizaciones trabajan con calendarios automatizados configurados sobre los antiguos plazos.
- Coordinar mejor contabilidad y fiscalidad: El nuevo margen permite mejorar la calidad de la información utilizada en la declaración.
- Revisar operaciones OSS e IOSS: Las empresas que venden en distintos Estados miembros deberían aprovechar este cambio para revisar su operativa internacional y asegurarse de que están aplicando correctamente los regímenes correspondientes.
Relación entre el Modelo 369 y el régimen OSS
Aunque este artículo se centra en Bizkaia, conviene recordar que el Modelo 369 está estrechamente vinculado a los regímenes OSS e IOSS.
La ventanilla única permite a los contribuyentes declarar desde una única administración tributaria el IVA correspondiente a determinadas operaciones realizadas en varios países de la Unión Europea.
Por ello, cualquier cambio en los plazos de presentación tiene un impacto directo en muchas empresas con actividad internacional.
Si necesitas conocer con detalle el funcionamiento del régimen, los tipos de operaciones que incluye o las diferencias con otras declaraciones de IVA, puedes ampliar información en nuestra guía sobre IVA, Modelo 369 y comercio electrónico.
Cómo puede ayudarte Adlanter
Los cambios normativos como la ampliación del plazo del Modelo 369 en Bizkaia pueden parecer sencillos, pero tienen un impacto directo en la planificación fiscal, la coordinación contable y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
En Adlanter acompañamos a empresas nacionales e internacionales en la gestión de impuestos, fiscalidad internacional y cumplimiento normativo, ayudándoles a operar con seguridad tanto en territorio común como en entornos forales como Bizkaia.
Nuestro equipo especializado en Gestión de Impuestos y Asesoría Fiscal y Contable para Empresas acompaña a empresas que trabajan con OSS, comercio electrónico, operaciones intracomunitarias y normativa foral.
Además, si quieres ampliar información sobre otras obligaciones fiscales relevantes, te recomendamos consultar nuestros contenidos sobre Modelo 232, Modelo 720, Modelo 390 y la guía de Obligaciones y modelos fiscales para empresas.

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