Novedades tributarias para empresas del País Vasco en 2025 y 2026
Descubre las modificaciones fiscales en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa que afectan a las empresas en 2025 y 2026.
11 de junio de 2025

📝- Index
- Nuevas deducciones para fomentar la conciliación de la vida personal y laboral
- Régimen de tributación de los alquileres de las sociedades patrimoniales
- Deducciones reforzadas en I+D+i y sostenibilidad
- Nueva tributación en el Impuesto sobre Sociedades por beneficios extraordinarios
- Ajustes en la tributación de sociedades patrimoniales y tributación mínima
- ✅ Tu empresa está preparada para los cambios fiscales en Euskadi?
En el País Vasco, las empresas se enfrentan a importantes cambios en la normativa tributaria para los años 2025 y 2026. Estas modificaciones, aprobadas mediante diversas Normas Forales (2/2025, 3/2025 y 1/2025) en los territorios históricos de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa, buscan incentivar la igualdad, la sostenibilidad, la eficiencia energética y la transparencia tributaria, al tiempo que introducen ajustes técnicos en figuras como las sociedades patrimoniales o el Impuesto sobre Sociedades. Veamos cuáles son las novedades tributarias para empresas del País Vasco.
A continuación, analizamos las cinco novedades clave.
Nuevas deducciones para fomentar la conciliación de la vida personal y laboral
Se han introducido nuevas deducciones fiscales orientadas al fomento de la igualdad y la conciliación, que incluyen:
- Deducciones aplicables a gastos empresariales vinculados a políticas de conciliación, como flexibilidad horaria, teletrabajo o servicios de cuidado. Para la aplicación de la deducción, se requiere que la empresa desarrolle un Plan de Conciliación.
- Deducciones por contratación de jóvenes menores de 36 años y mujeres (con independencia de su edad) contratados indefinidamente. La deducción será del 35% del salario anual bruto de las personas contratadas, con el límite del SMI vigente en el momento de la contratación.
Estas deducciones podrán minorar la cuota del Impuesto sobre Sociedades.
Régimen de tributación de los alquileres de las sociedades patrimoniales
Se modifica la tributación de los rendimientos inmobiliarios generados por sociedades patrimoniales, en línea con las reformas aplicadas al IRPF en lo relativo a la vivienda:
- Se limita el acceso a reducciones fiscales cuando los alquileres no respondan a fines económicos reales.
- Se establece una tributación homogénea y más exigente para evitar el uso instrumental de sociedades con fines de diferimiento fiscal.
Esta medida impactará especialmente a aquellas sociedades con renta pasiva significativa derivada del arrendamiento de inmuebles, sin actividad económica demostrable.
Deducciones reforzadas en I+D+i y sostenibilidad
Se han ampliado y detallado las deducciones por I+D+i y actividades ligadas a la sostenibilidad:
- Se incluyen como deducibles los gastos en economía circular, eficiencia energética, descarbonización y uso de materias primas recicladas.
- Se permite su aplicación tanto en el ámbito industrial como en el sector servicios, siempre que existan indicadores de impacto medibles.
- Las bases de deducción podrán aplicarse con mayor flexibilidad y, en algunos casos, acumularse o monetizarse.
Estas mejoras buscan alinear el sistema fiscal vasco con el Pacto Verde Europeo y los objetivos de transición ecológica.
Nueva tributación en el Impuesto sobre Sociedades por beneficios extraordinarios
Bizkaia, Álava y Gipuzkoa incorporan un recargo adicional en el IS que se aplicará a las empresas cuyos beneficios en un ejercicio: excedan la media de resultados positivos de los tres periodos impositivos anteriores.
Este nuevo tipo afecta únicamente al excedente de beneficio extraordinario, y se justifica por razones de equidad fiscal y redistribución, similar a los recargos extraordinarios aplicados en otros países europeos.
Ajustes en la tributación de sociedades patrimoniales y tributación mínima
Se alinea la escala de tributación de las sociedades patrimoniales con las recientes reformas en las rentas del ahorro del IRPF. Esto implica:
- Mayor progresividad en función del volumen y tipo de rentas generadas.
- Eliminación de ventajas fiscales para estructuras sin actividad económica real.
Además, se establece una tributación mínima efectiva para entidades con el tipo general del IS, limitando la reducción excesiva de la cuota mediante deducciones o beneficios fiscales.
Con ello, las Haciendas Forales buscan garantizar una tributación mínima efectiva, alineada con los estándares OCDE y la fiscalidad internacional justa.
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