Cómo afecta la prórroga de alquileres a la gestión de inmuebles en España
En este artículo explicamos cómo funciona la prórroga de los alquileres aprobada por el Gobierno, quiénes pueden beneficiarse y qué pasos seguir para proteger el contrato.
30 de marzo de 2026

📝- Index
El Gobierno ha aprobado recientemente el Real Decreto-ley 8/2026 de medidas en el alquiler para mitigar los efectos económicos derivados de la guerra en Oriente Medio. Esta norma introduce una prórroga de hasta dos años en los contratos de alquiler residencial y limita la actualización anual de la renta. La medida busca frenar posibles incrementos abusivos en las rentas y proteger a los hogares más vulnerables en un contexto de incertidumbre económica.
El decreto establece que los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que venzan hasta el 31 de diciembre de 2027 pueden prorrogarse obligatoriamente en los mismos términos y condiciones, limitando la actualización anual de la renta al 2%. Según estimaciones del Ministerio de Consumo, esta medida podría beneficiar a más de un millón de contratos, que afectan a casi 2,7 millones de personas, concentradas principalmente en Madrid, Cataluña, Andalucía y Comunidad Valenciana.
Si quieres ver las rebajas fiscales y ayudas que tu empresa puede aprovechar ante la crisis provocada por el conflicto en Oriente Medio, consulta nuestro post sobre las medidas urgentes del Gobierno ante la guerra en Irán.
Quiénes pueden acogerse y cómo funciona la prórroga
La medida se aplica a todos los contratos residenciales sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) cuya duración mínima finalice entre 2026 y 2027, incluyendo tanto el periodo obligatorio como la prórroga tácita. Esto significa que los inquilinos cuyos contratos expiren durante ese periodo tienen derecho a mantener su contrato vigente durante dos años adicionales sin incrementos superiores al 2%, salvo los pactos expresamente permitidos por la ley.
Es importante destacar que la prórroga no se produce de manera automática: los inquilinos deben solicitar expresamente al arrendador acogerse al decreto. La solicitud puede formalizarse mediante:
- Burofax con acuse de recibo.
- Correo certificado.
- Cualquier medio que permita dejar constancia de la fecha de envío y recepción.
La solicitud debe incluir los datos del arrendatario, la vivienda, la referencia al Real Decreto-ley 8/2026 y la voluntad de prorrogar el contrato por dos años adicionales.
Qué sucede si el decreto decae en el Congreso
El decreto entró en vigor con su publicación en el BOE, pero debe ser convalidado por el Congreso en un plazo de 30 días. En caso de que no reciba respaldo parlamentario y decaiga, los contratos para los que se haya solicitado la prórroga mientras el decreto estaba vigente seguirían protegidos gracias a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Esto genera una ventana de oportunidad legal para los inquilinos: mientras actúen durante la vigencia del decreto, el derecho a la prórroga queda consolidado aunque la norma pierda vigencia posteriormente.
Por otro lado, los contratos que no se encuentren dentro de los supuestos del decreto, como alquileres de habitaciones, locales, viviendas de lujo o contratos con fines temporales, quedan fuera de esta prórroga.
Implicaciones para arrendadores e inquilinos
Para los arrendadores, la norma supone una limitación temporal en la actualización de rentas, salvo casos específicos como la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar. No obstante, esta limitación puede generar conflictos si no se gestionan correctamente las solicitudes de prórroga, y podrían producirse reclamaciones judiciales si surgen desacuerdos.
Para los inquilinos, la medida representa una oportunidad para estabilizar sus gastos en vivienda durante un periodo de alta incertidumbre. Además, la normativa deja claro que la protección se activa mediante solicitud, por lo que retrasar la acción podría comprometer la efectividad de la prórroga.
Recomendaciones prácticas
Nuestros expertos recomiendan actuar cuanto antes para garantizar que la solicitud se haga efectiva:
- Revisar el contrato y confirmar que es de vivienda habitual y está sujeto a la LAU.
- Enviar la solicitud de prórroga al arrendador mientras el decreto esté vigente, usando medios que acrediten la recepción.
- Incluir todos los datos de la vivienda y una referencia explícita al Real Decreto-ley 8/2026.
- Guardar constancia de la comunicación y de cualquier respuesta del arrendador.
Actuar con rapidez permite a los inquilinos “blindar” sus derechos frente a posibles cambios legislativos y reducir el riesgo de disputas judiciales posteriores.
Cómo podemos ayudarte
El RDL 8/2026 introduce medidas extraordinarias que impactan directamente en la gestión de alquileres y contratos residenciales. Para las empresas y gestores de activos inmobiliarios, es clave contar con un equipo mercantil para comprender su alcance y aplicar correctamente las prórrogas y límites de actualización de renta.
También ofrecemos asesoramiento en la compraventa de viviendas e inmuebles en Madrid y Sierra Norte o en Barcelona y área metropolitana.

¿Tienes alguna duda?
Si te ha surgido alguna pregunta tras leer “Cómo afecta la prórroga de alquileres a la gestión de inmuebles en España”, estamos aquí para ayudarte.
Hablemos. Te orientamos con claridad y paso a paso.