Visado de residencia para inversor inmobiliario en España
En este post hablamos del supuesto más común de inversión que da derecho a solicitar la Golden Visa en España: la inversión en bienes inmuebles | Guía completa
La Golden Visa en España concede a su titular y familiares el derecho de residencia y trabajo sin que sea necesaria una residencia continuada en España.
La Ley española regula varios supuestos de inversiones que dan derecho a solicitar la Golden Visa. La común en España es la inversión en bienes inmuebles.
Golden Visa e inversión en bienes inmuebles en España
En caso de optar por esta vía de inversión, para obtener un visado o autorización de residencia como inversor, el solicitante debe realizar la compra de uno o varios inmuebles en España que sumen un valor total de 500.000 euros o más, libre de impuestos y cargas (es decir, en esos 500.000 euros no puede haber hipotecas).
El proceso de inversión requiere seguir una serie de pasos: hay que localizar el inmueble, formalizar el contrato de arras o contrato de compraventa, formalizar la compraventa notarial, pagar impuestos, registrar el inmueble en el Registro de la Propiedad, etc.
A la hora de cumplir con estos pasos es importante tener en cuenta que, en general, la inversión debe formalizarse antes de realizar la solicitud.
¿Se puede obtener financiación para adquirir el bien inmueble?
Sí, el solicitante de la Golden Visa puede obtener financiación para adquirir el bien inmueble, pero para poder solicitar el permiso deberá acreditar haber efectuado una inversión no apalancada (con fondos propios) de al menos 500.000 €. Esto significa que podrá financiar la parte del precio de compraventa que exceda de 500.000 €.
De esta manera lo indica la normativa: “El solicitante deberá acreditar disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000 euros libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen”.
Formas de acreditar la inversión en bienes inmuebles | Golden Visa
Tal y como detallamos en esta otra entrada (procedimiento para solicitar la Golden Visa), existen dos tipos de permisos diferentes que conceden a su titular el derecho a residir y trabajar en España: el visado de residencia para inversores y la autorización de residencia. El interesado deberá solicitar uno u otro en función de la situación y de la localización en la que se encuentre.
Partiendo de la base de que existen dos tipos de permisos, los requisitos a cumplimentar para poder obtener un permiso u otro varían en función de cada caso.
Visado: formas de acreditar la adquisición del bien inmueble
Para la concesión del visado de residencia para inversores, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
El inversor interesado debe acreditar haber adquirido la propiedad de los bienes inmuebles mediante certificación de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles.
Esta certificación debe incluir el importe de la adquisición; en caso contrario, se deberá acreditar mediante la aportación de la escritura pública que corresponda.
¿Qué ocurre si, en el momento de la solicitud del visado de Golden Visa, la adquisición del bien inmueble (o los bienes inmuebles) se encuentra en trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad? En tal caso, es suficiente la presentación de la citada certificación en la que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de documentación acreditativa del pago de los tributos correspondientes.
¿Qué ocurre si aún no se ha formalizado la compra del inmueble?
Si el extranjero interesado no ha formalizado la compra del inmueble o inmuebles pero existe un precontrato con garantía en su cumplimiento por medio de arras, deberá presentar el precontrato junto con un certificado de una entidad financiera establecida en España en el que se constate que el solicitante dispone de un depósito bancario indisponible con la cantidad necesaria para la adquisición, cumpliendo el contrato comprometido, del inmueble o inmuebles indicados, incluyendo cargas e impuestos.
En este caso, el importe del depósito sólo podrá ser utilizado para la compra final del inmueble o inmuebles indicados en el precontrato con garantía.
En caso de optar por esta vía, el interesado recibirá un visado de residencia para inversores de duración máxima de 6 meses.
Posteriormente, si se acredita la compra efectiva del inmueble o inmuebles, el interesado podrá solicitar un visado de residencia para inversores de un año de duración o directamente una autorización de residencia para inversores.
Autorización de residencia para inversores: cómo acreditar la inversión
Si el solicitante de la autorización de residencia por inversión en bienes inmuebles es titular de un visado de residencia para inversores en vigor o se encuentra dentro del plazo de los 90 días naturales posteriores a la caducidad del visado, deberá acreditar, además del cumplimiento de los requisitos generales para la estancia o residencia, los siguientes requisitos particulares:
- El solicitante debe demostrar que el inversor es el propietario del bien o bienes inmuebles por la cantidad mínima exigida (recordemos, 500.000 euros libres de cargas y gravámenes).
- Para demostrarlo, el solicitante debe aportar el certificado o certificados de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles.
- Este Certificado debe estar fechado dentro de los 90 días anteriores a la presentación de la solicitud.
¿Qué pasa si el solicitante interesado en la Golden Visa está en posesión de un visado de residencia para inversores de 6 meses?
En tal caso, tiene que demostrar que ha adquirido de forma efectiva el inmueble/inmuebles mediante la documentación que corresponda.
¿Qué ocurre si el solicitante de la autorización no tiene visado?
Si el inversor interesado solicita una autorización de residencia para inversores mientras se encuentra legalmente en España y no es titular de visado de residencia para inversores debe cumplir con los requisitos generales para la estancia o residencia y, además, acreditar la inversión significativa de capital realizada a través de la adquisición del inmueble/s.
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