Las novedades fiscales para empresas en 2026 afectan a la planificación del Impuesto sobre Sociedades, el IVA, la facturación electrónica y los procedimientos de control tributario. Para gestionarlas correctamente debemos separar las normas ya aprobadas de los proyectos todavía en tramitación y de las medidas que solo afectan a sectores o contribuyentes concretos.

El año 2026 no puede analizarse únicamente como un listado cerrado publicado en enero. Durante el ejercicio se han aprobado nuevas medidas tributarias, se han actualizado modelos y campañas y se ha desarrollado el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.

Por eso, esta guía reúne los cambios transversales que requieren atención empresarial y enlaza a los análisis anuales o territoriales donde desarrollamos cada materia con mayor detalle.

La información está actualizada a septiembre de 2026. Debido a la frecuencia de los cambios tributarios, recomendamos validar la normativa y los criterios administrativos vigentes antes de tomar decisiones.

Respuesta rápida: en 2026 las empresas deben revisar los cambios aplicables al Impuesto sobre Sociedades, la evolución del IVA, los nuevos requisitos de facturación electrónica entre empresas, sus sistemas de facturación y las prioridades del control tributario. La fecha efectiva y el alcance de cada obligación dependen de la norma concreta y del perfil de la empresa.

 

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Resumen de las novedades fiscales para empresas

Área Qué ha cambiado o debe revisarse Acción empresarial
Impuesto sobre Sociedades Tipos, incentivos, modelos y medidas con efectos en ejercicios iniciados en 2025 y 2026. Recalcular cierres, pagos fraccionados y previsiones.
IVA Medidas aprobadas durante 2026 y reglas específicas para determinados regímenes y sectores. Revisar operaciones, tipos y obligaciones formales.
Facturación electrónica B2B Desarrollo reglamentario del sistema de factura electrónica entre empresarios y profesionales. Preparar datos, procesos y sistemas.
Sistemas de facturación Requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Coordinar fiscalidad, tecnología y proveedores.
Control tributario Prioridades anuales de asistencia, prevención, comprobación, recaudación y cooperación. Reforzar documentación y conciliaciones.
Territorios forales Normativa propia y calendarios diferenciados. Validar la Administración competente.

Cómo utilizar esta guía

Una novedad fiscal puede tener tres estados diferentes:

  • Aprobada y vigente: la norma ya ha sido publicada y produce efectos según sus disposiciones.
  • Aprobada con aplicación posterior: la empresa debe prepararse, aunque la obligación todavía no sea exigible.
  • En tramitación: existe una propuesta o proyecto, pero no debemos presentarlo como una obligación definitiva.

Esta distinción evita ejecutar cambios prematuros o retrasar adaptaciones necesarias. También nos permite asignar responsables y presupuesto según la certeza y proximidad de cada medida.

Novedades en el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades concentra una parte relevante de la planificación fiscal empresarial. En 2026 debemos diferenciar entre el ejercicio fiscal al que corresponde la renta y el año en que se presenta la declaración.

La campaña de 2026 incluye la declaración de periodos impositivos iniciados en 2025. Por ello, determinados cambios aprobados con efectos desde 2025 se reflejan en modelos y liquidaciones presentados durante 2026.

Antes de cerrar el impuesto recomendamos revisar:

  • El importe neto de la cifra de negocios y la categoría fiscal de la entidad.
  • El tipo de gravamen aplicable al periodo.
  • Los ajustes temporarios y permanentes.
  • La compensación de bases imponibles negativas.
  • Las deducciones pendientes y generadas.
  • Los incentivos vinculados a fondos propios, inversión o empleo.
  • Las operaciones vinculadas y su documentación.
  • Los pagos fraccionados realizados.

Las empresas no deben aplicar automáticamente un tipo reducido por su tamaño. Deben comprobar el periodo impositivo, la cifra de negocios, la naturaleza de la entidad y las exclusiones previstas.

Para desarrollar el cálculo y las obligaciones del tributo, puedes consultar nuestra guía sobre el Impuesto sobre Sociedades.

Tipos para micropymes y entidades de reducida dimensión

Los periodos iniciados desde 2025 incorporan una transición en determinados tipos aplicables a entidades con menor cifra de negocios. Su efecto se refleja en las declaraciones que correspondan a esos periodos.

Antes de aplicar el tipo debemos verificar si la entidad cumple la definición correspondiente y si forma parte de un grupo mercantil. También debemos comprobar si existen regímenes especiales o circunstancias que impiden aplicar el tratamiento general.

Para la planificación, conviene comparar el tipo estimado con las retenciones, los pagos fraccionados y la capacidad de generación de tesorería.

Reserva de capitalización

La reserva de capitalización continúa siendo un incentivo relevante para empresas que incrementan sus fondos propios y cumplen los requisitos legales.

La revisión no debe limitarse al porcentaje de reducción. También debemos comprobar la determinación del incremento, la dotación contable, el periodo de mantenimiento y las incompatibilidades o límites.

Cuando se pretende aplicar un incremento ligado al empleo, la empresa debe coordinar los datos fiscales con la información laboral utilizada para acreditar el aumento y mantenimiento de plantilla.

Consulta nuestro artículo sobre la reserva de capitalización y la reserva de nivelación si quieres conocer sus diferencias.

Libertad de amortización para determinadas inversiones

En 2026 se han prorrogado determinados incentivos de libertad de amortización vinculados a inversiones que utilizan energía procedente de fuentes renovables y a determinados vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga, bajo los requisitos previstos en la normativa.

Antes de utilizarlos debemos comprobar la fecha de entrada en funcionamiento, la afectación a la actividad, las características técnicas del activo y el cumplimiento de las condiciones específicas.

La libertad de amortización genera diferencias entre el resultado contable y la base fiscal. Por eso debe registrarse y controlarse durante la vida del activo.

Modelos y campaña del Impuesto sobre Sociedades

Los modelos de declaración de los periodos iniciados en 2025 fueron aprobados en 2026. Los cambios en los modelos son relevantes porque incorporan la información necesaria para aplicar las modificaciones normativas del ejercicio.

Antes de presentar, recomendamos conciliar:

  • El resultado contable y los ajustes fiscales.
  • Las bases negativas pendientes.
  • Las deducciones y bonificaciones.
  • Los pagos fraccionados y retenciones.
  • La información de operaciones vinculadas.
  • Los datos de ejercicios anteriores.

Novedades en el IVA

Las medidas de IVA aprobadas durante 2026 no afectan por igual a todas las empresas. Algunas se dirigen a regímenes especiales, sectores concretos o situaciones extraordinarias.

La Agencia Tributaria recoge, entre otras medidas, la prórroga para 2026 de determinados límites cuantitativos de los regímenes simplificado y especial de agricultura, ganadería y pesca, junto con un plazo extraordinario de renuncia o revocación en febrero de 2026.

Para una empresa en régimen general, las principales acciones siguen siendo revisar la correcta localización de las operaciones, los tipos aplicados, las exenciones, la deducibilidad del IVA soportado y la coherencia entre libros, facturación y declaraciones.

Facturación electrónica obligatoria entre empresas

En marzo de 2026 se publicó el desarrollo reglamentario del sistema español de factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.

El sistema establece requisitos técnicos y de información para las facturas electrónicas y para las plataformas de intercambio. También contempla información sobre los estados de las facturas, incluido su pago efectivo completo.

La adaptación no debe abordarse como un simple cambio de formato. Afecta a:

  • Datos maestros de clientes y proveedores.
  • Emisión y recepción de facturas.
  • Estados y fechas de pago.
  • Integración con contabilidad y tesorería.
  • Archivo, acceso y trazabilidad.
  • Coordinación con plataformas y soluciones tecnológicas.

Las empresas deben comprobar los plazos de aplicación efectiva que les correspondan y evitar confundir la factura electrónica B2B con otras obligaciones de los sistemas de facturación.

Sistemas informáticos de facturación y VeriFactu

Los requisitos aplicables a los sistemas informáticos de facturación persiguen garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

VeriFactu se relaciona con una modalidad de remisión de registros de facturación, mientras que la factura electrónica B2B regula el intercambio electrónico de facturas entre empresarios y profesionales. Son ámbitos relacionados, pero no equivalentes.

Antes de adaptar el software debemos confirmar qué norma afecta a la empresa, el calendario aplicable y las funcionalidades certificadas por el proveedor.

Plan Anual de Control Tributario de 2026

Las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026 se estructuran en cinco grandes pilares: información y asistencia, prevención de incumplimientos, investigación y comprobación, control del fraude en fase recaudatoria y colaboración entre administraciones tributarias.

Para las empresas, este entorno hace especialmente importante que los datos declarados sean coherentes con la contabilidad, la facturación, las declaraciones informativas y la información facilitada por terceros.

Recomendamos reforzar:

  • Las conciliaciones periódicas.
  • La trazabilidad de los ajustes fiscales.
  • La documentación de operaciones vinculadas.
  • El control de establecimientos y residencias fiscales.
  • La gestión de notificaciones electrónicas.
  • Los procedimientos internos ante requerimientos.

Novedades fiscales en los territorios forales

Las empresas con actividad o conexiones en País Vasco o Navarra deben comprobar la normativa foral correspondiente y los puntos de conexión aplicables.

No debemos trasladar automáticamente una medida estatal a una sociedad sometida a normativa foral. También puede variar la Administración competente para gestionar, inspeccionar o recaudar determinados tributos.

En el post sobre novedades tributarias para empresas en el País Vasco desarrollamos esta dimensión territorial.

Plan de acción para la empresa

  1. Identificamos las normas aplicables. Separamos régimen común, foral y sectorial.
  2. Clasificamos cada medida. Aprobada, con aplicación posterior o en tramitación.
  3. Asignamos responsables. Fiscal, contabilidad, tecnología, tesorería y dirección.
  4. Actualizamos previsiones. Incorporamos tipos, incentivos, pagos y costes de adaptación.
  5. Revisamos sistemas. Facturación, archivo, conciliaciones y trazabilidad.
  6. Documentamos decisiones. Conservamos la norma, el criterio y los cálculos.
  7. Controlamos hitos. Fechas de entrada en vigor, presentación y mantenimiento.
  8. Revisamos periódicamente. Una medida puede cambiar durante el ejercicio.

Errores frecuentes

  • Presentar como aprobada una medida todavía en tramitación.
  • Confundir el ejercicio fiscal con el año de presentación.
  • Aplicar un tipo reducido sin revisar los requisitos.
  • Confundir factura electrónica B2B y VeriFactu.
  • Esperar a la fecha obligatoria para revisar el software.
  • Aplicar una novedad estatal a un territorio foral.
  • No actualizar modelos y procedimientos internos.
  • Separar la fiscalidad de la contabilidad y la tesorería.
  • No documentar incentivos y deducciones.
  • Utilizar un resumen antiguo como única fuente.

Checklist fiscal para 2026

  • Hemos identificado nuestro régimen fiscal y Administración competente.
  • Conocemos las novedades que afectan al cierre y a la declaración.
  • Los tipos y pagos fraccionados están actualizados.
  • Los incentivos cuentan con documentación suficiente.
  • El tratamiento del IVA está revisado.
  • El proyecto de factura electrónica B2B tiene responsables asignados.
  • El software de facturación se ha revisado con el proveedor.
  • Contabilidad, impuestos y declaraciones informativas están conciliados.
  • Las operaciones vinculadas están documentadas.
  • El calendario se revisa periódicamente.

 

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Conclusión: convertir la actualización fiscal en un proceso

Las novedades fiscales de 2026 no deben gestionarse como una lectura puntual al comienzo del año. Requieren seguimiento, clasificación y aplicación coordinada.

El Impuesto sobre Sociedades exige revisar tipos, incentivos y modelos. El IVA mantiene cambios específicos. La facturación electrónica B2B y los requisitos de los sistemas de facturación obligan a coordinar fiscalidad y tecnología.

Además, las prioridades de control hacen más importante la coherencia entre contabilidad, facturas, declaraciones e información de terceros.

Una empresa que asigna responsables, documenta criterios y actualiza sus procesos reduce riesgos y puede aprovechar mejor los incentivos disponibles.

¿Necesitas adaptar tu empresa a las novedades fiscales?

En Adlanter analizamos qué cambios afectan a tu empresa, revisamos su impacto y te ayudamos a trasladarlos a la planificación, la contabilidad y las obligaciones tributarias.

Con nuestro servicio de asesoría fiscal y contable para empresas, coordinamos el cumplimiento recurrente y la adaptación a nuevas obligaciones.

También podemos revisar oportunidades de optimización y asesoramiento fiscal de acuerdo con la normativa vigente.

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