Herencias en Bizkaia: preguntas frecuentes sobre trámites, obligaciones fiscales y notaría
En este post resolvemos las dudas más habituales sobre la tramitación de herencias en Bizkaia, explicando qué documentos son necesarios, cuándo interviene la notaría y cómo funciona la gestión del impuesto.
29 de abril de 2026

📝- Index
- ¿Qué ocurre si soy comisario de una herencia en Bizkaia?
- ¿Qué ocurre si una persona fallece sin testamento?
- ¿Es obligatorio acudir a notaría para tramitar una herencia?
- ¿Es obligatorio formalizar la herencia ante notario dentro del primer año?
- ¿Se puede tramitar una herencia si solo hay un heredero?
- ¿Es obligatorio hacer escritura pública para adjudicar bienes muebles?
- ¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre los herederos?
- ¿Cómo funciona la renuncia a una herencia?
- ¿Necesitas ayuda con una herencia en Bizkaia?
La tramitación de una herencia en Bizkaia suele generar numerosas dudas prácticas, especialmente en los primeros momentos tras el fallecimiento. Más allá del impacto personal, los herederos deben cumplir una serie de obligaciones formales ante la Hacienda Foral y, en algunos casos, acudir a notaría para completar el proceso sucesorio.
A continuación, respondemos a algunas de las preguntas más frecuentes que se plantean en la práctica diaria.
¿Qué ocurre si soy comisario de una herencia en Bizkaia?
Cuando una persona ha sido nombrada comisaria de una herencia, debe realizar determinados trámites ante la Hacienda Foral.
Con carácter general, deberá presentar un modelo 650 con función de declaración, incluyendo el inventario de todos los bienes y derechos del causante, en el plazo de un año desde el fallecimiento.
Posteriormente, cuando se ejerza el poder testatorio y se realicen las adjudicaciones, deberá presentarse un nuevo modelo 650, que en este caso tendrá carácter de autoliquidación.
¿Qué ocurre si una persona fallece sin testamento?
Cuando no existe testamento, es necesario determinar quiénes son los herederos mediante una declaración de herederos.
Este documento se tramita en notaría mediante acta de notoriedad, solicitada por los familiares con derecho a la herencia, según el orden legal de sucesión.
¿Es obligatorio acudir a notaría para tramitar una herencia?
No necesariamente. A efectos fiscales, la obligación principal es la presentación del Impuesto sobre Sucesiones mediante el modelo 650 ante la Hacienda Foral de Bizkaia.
No obstante, sí será necesario acudir a notaría en aquellos supuestos en los que la persona fallecida no hubiera otorgado testamento, ya que será preciso formalizar la correspondiente declaración de herederos mediante acta de notoriedad.
¿Es obligatorio formalizar la herencia ante notario dentro del primer año?
No. Lo que sí debe presentarse en el plazo de un año desde el fallecimiento es el modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones, con la relación de bienes y derechos del causante.
La formalización notarial de la adjudicación de la herencia no siempre es obligatoria dentro de ese plazo, aunque puede ser necesaria en función del tipo de bienes o de su posterior inscripción registral.
¿Se puede tramitar una herencia si solo hay un heredero?
Sí. Cuando existe un único heredero, no es obligatorio otorgar escritura pública de aceptación de herencia.
En estos casos, puede presentarse un documento con firma legitimada ante notario o registrador, junto con el modelo 650, que permite la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad cuando proceda.
¿Es obligatorio hacer escritura pública para adjudicar bienes muebles?
No necesariamente. Cuando la herencia incluye únicamente bienes muebles, puede utilizarse un documento privado para su adjudicación, siempre que se cumplan las obligaciones fiscales correspondientes.
¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre los herederos?
La falta de acuerdo entre herederos no impide, con carácter general, la presentación del Impuesto sobre Sucesiones.
En estos casos, puede presentarlo uno de los herederos, incluyendo todos los bienes y derechos del causante, y haciendo constar que actúa únicamente en su propio nombre.
¿Cómo funciona la renuncia a una herencia?
La renuncia a la herencia debe formalizarse en escritura pública. Si la renuncia es pura y simple, el renunciante no figura como heredero en el modelo 650.
Si la renuncia se realiza a favor de otra persona, puede tener efectos fiscales distintos, pudiendo considerarse, en determinados supuestos, como una donación sujeta al Impuesto sobre Donaciones, salvo las excepciones previstas legalmente.
¿Necesitas ayuda con una herencia en Bizkaia?
La tramitación de una herencia en el País Vasco y en Bizkaia combina obligaciones fiscales, trámites notariales y decisiones jurídicas que deben analizarse caso por caso.
La correcta identificación de cada supuesto resulta clave para evitar errores en la presentación del impuesto y en la posterior adjudicación de los bienes.
En Adlanter contamos con un servicio de gestoría especializada en trámites de herencia en Bilbao y alrededores, acompañando a las familias en todo el proceso: desde la recopilación de documentación y la presentación del Impuesto sobre Sucesiones hasta la adjudicación de los bienes.

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