Cada vez más personas utilizan plataformas digitales como Wallapop para vender productos de segunda mano. En muchos casos se trata simplemente de desprenderse de objetos que ya no se utilizan y recuperar parte del dinero que se pagó por ellos. Sin embargo, desde el punto de vista fiscal, muchos desconocen que no todas las operaciones reciben el mismo tratamiento y que estas pueden afectar a la declaración de la renta.

La clave está en distinguir entre una venta ocasional de bienes personales, una operación que genera una ganancia patrimonial y una actividad que, por sus características, pueda considerarse actividad económica.

Además, las plataformas digitales están sujetas a determinadas obligaciones de información en el marco de la normativa conocida como DAC7, lo que ha reforzado el intercambio de información entre las plataformas y las Administraciones tributarias.

¿Hay que declarar lo que vendes en Wallapop?

La respuesta depende de las circunstancias de cada operación.

No todas las ventas están sujetas a tributación, pero sí existe la obligación de analizarlas desde el punto de vista fiscal. El tratamiento fiscal más común para un particular que vende objetos usados es el de ganancia o pérdida patrimonial.

En general, surgen dos escenarios principales:

  • Venta con pérdida: si vendes objetos personales por un precio inferior al de compra (caso más habitual al vender artículos de segunda mano) → se genera una pérdida patrimonial y no tributa.
  • Venta con ganancia: si vendes un objeto por más de lo que te costó (típico en artículos de coleccionismo, antigüedades o productos que se han revalorizado) → sí obtienes una ganancia y sí debes declararla en el IRPF.

Dicha ganancia se integra en la base imponible del ahorro en tu declaración de la renta, tributando a los tipos vigentes (actualmente entre el 19% y el 28%).

Por tanto, no es correcto afirmar que todas las ventas en Wallapop tributan ni que todas están exentas. Es necesario analizar cada operación.

Además, una cosa es que una determinada venta genere una ganancia que deba declararse y otra distinta que, por el conjunto de las circunstancias del contribuyente, exista obligación de presentar la declaración de la Renta.

 

Quiero hablar con un experto

Ganancias y pérdidas patrimoniales: clave en la declaración de la renta

Cuando vendes un producto, Hacienda puede considerar que existe una ganancia o pérdida patrimonial, que se calcula como:

Ganancia/pérdida patrimonial = Valor de transmisión – Valor de adquisición

  • Valor de adquisición: es el precio que pagaste originalmente por el bien, incluyendo los gastos y tributos inherentes a la compra (como el IVA soportado en su día).
  • Valor de transmisión: es el importe real que has recibido por la venta, una vez deducidos los gastos asociados a la transacción (por ejemplo, comisiones de la plataforma).

Ahora bien, cuando se trata de bienes de uso personal que se han depreciado por el paso del tiempo y por su utilización normal, esta circunstancia debe tenerse en cuenta al determinar si realmente existe una pérdida patrimonial fiscalmente computable.

La Agencia Tributaria ha precisado específicamente el tratamiento de las ventas por Internet de bienes usados por particulares, señalando que, en el caso de bienes de consumo duradero, debe tenerse en cuenta la depreciación derivada de su uso y que no procede computar como pérdida la disminución de valor atribuible a su utilización normal.

Casos más habituales

Venta con pérdida patrimonial

Vendes más barato de lo que compraste debido al uso y disfrute del bien (consumo) y, por tanto, no tienes que declararlo en la Renta. Ejemplos:

  • Tecnología que se deprecia. Compraste un teléfono móvil de última generación hace dos años por 950 €. Ahora, decides venderlo en Wallapop para comprar un modelo nuevo y lo vendes por 300 €.
  • Mobiliario del hogar. Hace cinco años compraste un sofá por 1.500 €. Por una mudanza, ya no te encaja en el nuevo salón y lo vendes por 400 €.
  • Artículos deportivos. Adquiriste una bicicleta de montaña por 700 €. Después de usarla durante varias temporadas, la vendes por 250 € para comprar una de gama superior.

Por tanto, vender estos bienes por menos de lo que se pagó por ellos no significa que pueda generarse una pérdida fiscal que permita compensar otras ganancias patrimoniales.

Venta con ganancia patrimonial

Vendes más caro y si debe declararse en el IRPF, integrándose en la base imponible del ahorro. Ejemplos:

  • Objetos de coleccionismo. Un videojuego, cómic, pieza o artículo adquirido por un precio reducido que con el tiempo se ha revalorizado.
  • Artículos de edición limitada. Un producto cuya disponibilidad limitada ha provocado que aumente su valor en el mercado de segunda mano.
  • Antigüedades o artículos vintage. Determinados bienes cuyo valor puede aumentar con el paso del tiempo.
  • Productos especialmente demandados. Bienes cuyo valor de mercado ha aumentado por su escasez o por cambios en la demanda.

Por ejemplo, si compras un objeto de colección por 40 € y posteriormente lo vendes por 250 €, habrá que analizar la existencia de una ganancia patrimonial y su correspondiente tributación en el IRPF.

¿Qué documentación conviene conservar?

Es recomendable conservar los documentos que permitan acreditar cuánto pagaste por el bien y las condiciones en las que posteriormente lo vendiste.

Entre otros, pueden resultar útiles:

  • Facturas o tickets de compra.
  • Justificantes de pago.
  • Contratos o documentos de adquisición.
  • Documentación relativa a mejoras realizadas en el bien, cuando proceda.
  • Justificantes de determinados gastos asociados a la venta.
  • Información y justificantes proporcionados por la plataforma.

Esta documentación puede ser especialmente importante cuando existe una ganancia patrimonial y es necesario acreditar el valor de adquisición.

También resulta aconsejable conservar un registro de las operaciones cuando se realizan ventas con cierta frecuencia. Esto permite conocer el volumen de actividad y analizar si se trata realmente de ventas ocasionales de bienes personales o si existen elementos propios de una actividad económica.

¿Qué pasa si vendes de forma habitual?

Aquí se encuentra uno de los puntos que más dudas genera.

El hecho de realizar varias ventas a través de Wallapop no convierte automáticamente a un particular en empresario o autónomo. Tampoco existe un número concreto de ventas que, por sí solo, determine que existe una actividad económica.

La calificación depende de las circunstancias reales en las que se desarrolla la actividad.

Puede ser especialmente relevante analizar si existe una organización de medios de producción o de recursos humanos por cuenta propia, así como otros elementos que permitan determinar que las ventas forman parte de una actividad económica.

Por ejemplo, el análisis será diferente si una persona:

  • Vende ocasionalmente objetos que ya no utiliza.
  • Compra productos específicamente para revenderlos.
  • Desarrolla una actividad continuada de compraventa.
  • Organiza medios para realizar las ventas.
  • Busca sistemáticamente obtener un margen de beneficio.
  • Mantiene una estructura orientada a la comercialización de productos.

Por tanto, vender habitualmente no equivale automáticamente a desarrollar una actividad económica, pero un volumen o una organización creciente de las operaciones puede hacer necesario revisar la situación fiscal.

¿Qué obligaciones pueden existir si realizas una actividad económica?

Cuando las ventas forman parte de una verdadera actividad económica, el tratamiento fiscal es diferente al de un particular que vende bienes usados de su patrimonio personal.

En función de las características de la actividad, pueden existir obligaciones relacionadas con:

  • Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • IRPF por los rendimientos obtenidos.
  • IVA, cuando corresponda.
  • Facturación.
  • Libros y registros.
  • Conservación de documentación.
  • Presentación de declaraciones periódicas.

En estos casos, la venta a través de una plataforma digital no cambia la naturaleza de la actividad ni elimina las obligaciones fiscales que correspondan.

Además, desde el 3 de febrero de 2025 se suprimió el modelo 037, por lo que las declaraciones censales correspondientes se realizan mediante el modelo 036.

Las obligaciones frente a la Seguridad Social, incluido el posible encuadramiento en el RETA, deben analizarse conforme a su normativa específica y no únicamente en función del número de ventas realizadas.

Nuevas obligaciones: control de plataformas digitales

En los últimos años se han reforzado los mecanismos de información y control sobre las operaciones realizadas a través de plataformas digitales.

La normativa conocida como DAC7 establece determinadas obligaciones de información para los operadores de plataformas digitales respecto de los vendedores que realizan actividades sujetas a comunicación de información.

Entre las actividades incluidas se encuentra la venta de bienes.

Esto significa que, en determinadas circunstancias, la Administración tributaria puede recibir información sobre las operaciones realizadas por un vendedor a través de una plataforma.

¿Cuándo debe la plataforma comunicar información?

Para los vendedores de bienes existe una exclusión específica.

A estos efectos, se considera vendedor excluido aquel respecto del cual, durante el período de referencia, el operador haya facilitado menos de 30 actividades pertinentes de venta de bienes y la contraprestación total no haya superado los 2.000 €.

Por tanto, es importante entender correctamente qué significan estos límites.

Los umbrales de DAC7 no son límites de tributación ni cantidades exentas de IRPF.

Que un vendedor no esté sujeto a comunicación de información por encontrarse dentro de la exclusión prevista por DAC7 no significa que cualquier ganancia obtenida esté exenta de impuestos.

Del mismo modo, que una plataforma comunique información a Hacienda no significa automáticamente que el vendedor tenga que pagar impuestos sobre todo el dinero recibido.

La obligación de información de la plataforma y la tributación de las ventas son dos cuestiones diferentes.

Riesgos de no declarar correctamente

No declarar ingresos o hacerlo incorrectamente puede derivar en:

  • Procedimientos de comprobación y liquidaciones complementarias exigiendo el impuesto no pagado.
  • Imposición de sanciones tributarias, que pueden alcanzar el 150% de la cuota defraudada.
  • Exigencia de recargos e intereses de demora.

Por ello, es fundamental analizar cada caso y actuar conforme a la normativa vigente.

¿Cómo afecta a empresas y profesionales?

Aunque este fenómeno es más habitual en particulares, también puede impactar a:

  • Autónomos que venden a través de plataformas.
  • Empresas que utilizan marketplaces como canal adicional.

En estos casos, la fiscalidad es más clara: los ingresos deben declararse como actividad económica.

Cómo podemos ayudarte

En Adlanter ayudamos a particulares, autónomos y empresas a entender sus obligaciones fiscales y evitar riesgos innecesarios.

Si vendes a través de plataformas digitales y tienes dudas sobre cómo declarar tus ingresos o si tu actividad puede considerarse económica, nuestro equipo puede ayudarte a:

  • Analizar tu caso concreto
  • Optimizar tu tributación
  • Cumplir con la normativa vigente
  • Evitar sanciones

Consulta con nuestros expertos y vende con tranquilidad.

Nuestros expertos

  • Adlanter

    Expertos en asesoría fiscal, laboral, mercantil, contable, movilidad internacional y gestión del talento. Compartimos análisis, novedades normativas y contenido especializado para ayudar a empresas y profesionales a tomar decisiones informadas y afrontar con seguridad los retos de un entorno empresarial en constante evolución.

Conversation

¿Tienes alguna duda?

Si te ha surgido alguna pregunta tras leer “Vender por Wallapop: fiscalidad, declaración de la renta y qué debes tener en cuenta”, estamos aquí para ayudarte.

Hablemos. Te orientamos con claridad y paso a paso.